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La Bandera de La Rioja

La historia de la bandera de La Rioja nace en 1977 de la inquietud expresada por el Colectivo Riojano en Madrid que la utilizó como fondo del escenario donde programaban conferencias y actuaciones relacionadas con la autonomía de la región. Posteriormente la Diputación Provincial decide iniciar una consulta popular para elegir el diseño definitivo, aunque la constitución de la Asamblea de Parlamentarios dejó la cuestión en suspenso. Aquella bandera cuatricolor ondeó públicamente en el I Día de La Rioja celebrado en Nájera en octubre de 1978.

PLR Bandera de La Rioja

La Comisión de Autonomía de la nueva Diputación acordó, en 1979, enviar a los Ayuntamientos riojanos un cuestionario para conocer el grado de aceptación de la bandera cuatricolor como la representativa de La Rioja. La respuesta fue positiva y dio lugar a la aceptación institucional por parte del Pleno de la Diputación el 15 de agosto. Un mes después, con motivo de la festividad de la Virgen de Valvanera, se izaba oficialmente por primera vez en el balcón de la Diputación regional.

Según recoge el artículo 3 del Estatuto de Autonomía de La Rioja, la bandera de La Rioja está formada por cuatro franjas horizontales y de igual tamaño, de los colores rojo, blanco, verde y amarillo, y que son representativos de los valores riojanos: rojo (vino), blanco (ríos y cielo), verde (campos, huertas, montañas y bosques) y amarillo (tierras y monumentos).

Según la Ley Reguladora de los signos de la identidad riojana, la utilización de la bandera ha de ser la siguiente:

  • Se colocará, juntamente con la de España, y deberá ondear en el exterior y ocupar lugar preferente en el interior de todos los edificios públicos civiles situados en el territorio de la Comunidad Autónoma.
  • Se utilizará en todos los actos oficiales que se celebren dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma.
  • Cuando la bandera de La Rioja se utilice junto a la de España, corresponderá siempre el lugar preeminente y de máximo honor a la de España. El tamaño de la bandera de La Rioja no podrá ser mayor que el de la de España, ni inferior al de otras banderas cuando ondeen o se muestren juntas.